Lambda Legal condena decisión en Puerto Rico que sostiene la prohibición discriminatoria al matrimonio
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“El derecho fundamental al matrimonio aplica a través de los Estados Unidos, en estados y territorios por igual”.
(San Juan, PR, 8 marzo 2016) – Hoy, el Tribunal de Distrito de Estados Unidos en Puerto Rico declaro que la decisión del Tribunal Supremo en Obergefell v. Hodges, la cual eliminó las prohibiciones al matrimonio para parejas del mismo sexo a través de todo el país, no aplica a Puerto Rico porque Puerto Rico no es un estado, y negó una petición conjunta de Lambda Legal y el gobierno de Puerto Rico para declarar como inconstitucional la prohibición al matrimonio de parte de parejas del mismo sexo. Lambda Legal radicará una apelación.
“El derecho fundamental al matrimonio aplica a través de los Estados Unidos, en estados y territorios por igual”, expresó Omar Gonzalez Pagan, abogado de Lambda Legal. “Esta decisión aberrante y fundamentalmente defectuosa no es congruente con los principios constitucionales que aplican a todas las personas en los Estados Unidos, sin que importe si viven en un estado o territorio o si son gay o no. El Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha declarado enfáticamente que las promesas de igualdad y libertad garantizadas por la constitución aplican con igual fuerza a los residentes de Puerto Rico, y el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito fue claro cuando declaró que la ley que prohíbe el matrimonio para las parejas LGBTT en Puerto Rico no era constitucional. El derecho fundamental de las personas LGBTT de casarse en Puerto Rico no está en duda.
“Esperamos con ansias vindicar los derechos de las personas LGBTT en la Isla una vez más y asegurar que las parejas del mismo sexo en Puerto Rico tengan la dignidad, igualdad y seguridad bajo la ley que se merecen. No pararemos de luchar hasta que todas las personas LGBTT y sus familias en los Estados Unidos, incluyendo a Puerto Rico, tengan acceso igual a las protecciones legales del matrimonio. Los mandatos constitucionales son claros: los matrimonios entre personas LGBTT en Puerto Rico no están en limbo, son válidos”.
En julio, después de la decisión del Tribunal Supremo en Obergefell v. Hodges, el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito revirtió y dejó sin efecto la decisión original del Tribunal de Distrito en Conde-Vidal, et al. v. Ríus-Armendáriz, et al., que mantuvo la prohibición al matrimonio para las parejas LGBTT, el Tribunal de Apelaciones también ordenó al Tribunal de Distrito que considerara el caso a la luz de Obergefell, y declaró que la prohibición era inconstitucional. A paso seguido, Puerto Rico comenzó a emitir licencias de matrimonio a parejas del mismo sexo, y Lambda Legal y el gobierno de Puerto Rico juntos radicaron una petición para que el Tribunal de Distrito declarara que todas las leyes que prohibían el matrimonio entre parejas LGBTT son inconstitucionales y que no las hicieran cumplir. La decisión del Tribunal de Distrito de hoy negó dicha petición luego de varios meses de espera.
El caso se originó con una pareja del mismo sexo que buscaba reconocimiento de su matrimonio, el cual se celebró en el estado de Massachusetts. En junio de 2014, Lambda Legal se unió al caso en representación de cuatro parejas adicionales y una organización, Puerto Rico Para Tod@s.
Los abogados Omar Gonzalez-Pagan, Hayley Gorenberg y Karen Loewy de Lambda Legal llevan el caso, junto a abogados de los bufetes Debevoise & Plimpton LLP y Wilmer Cutler Pickering Hale and Dorr LLP, y la abogada puertorriqueña Celina Romany-Siaca. Ada Conde Vidal, quien representa a su esposa, a su vez está representada por el Lic. José L. Nieto.